A partir de este año, solicitar la Constancia de Situación Fiscal para facturar en algún establecimiento será reconocido como una infracción fiscal, advirtió la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
De acuerdo con la reforma al Código Fiscal de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), condicionar la expedición del Comprobante Fiscal Digital por Internet a la presentación de este documento ahora constituye una infracción formal. Esta conducta está prevista en el artículo 83, fracción IX y será sancionada con multas de 19 mil 700 hasta 112 mil 650 pesos por cada comprobante no emitido conforme a la nueva legislación.
En casos de reincidencia o infracciones graves, el SAT tiene la facultad de clausurar preventivamente el negocio.
La infracción aplica directamente a las personas contribuyentes emisoras de comprobantes fiscales, es decir, a los negocios o prestadores de servicios que exijan documentos adicionales a los permitidos por la ley.
De acuerdo con lo publicado en el DOF el pasado 7 de noviembre de 2025, se reformó el Código Fiscal de la Federación, específicamente el artículo 83, fracción IX.
El objetivo central fue incorporar un nuevo supuesto de infracción relacionado con la expedición de CFDI, cuando ésta se condicione a la exhibición de documentos fiscales que no son obligatorios.
Según la Prodecon, la autoridad fiscal detectó que esta práctica se había normalizado, a pesar de que excede lo establecido. Por ello, la reforma de 2026 buscó disuadir a quienes persistían en solicitar documentación innecesaria, bajo el argumento de “evitar errores” en la facturación.
La reforma entró en vigor el 1 de enero de este año y forma parte de un paquete más amplio de cambios al Código Fiscal de la Federación que buscan fortalecer la fiscalización, pero también dar mayor certeza jurídica a los contribuyentes. En este caso, el foco está en proteger al cliente final frente a exigencias indebidas por parte de quien emite la factura.
De acuerdo con el Código, la regla es que, para emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet, el cliente únicamente está obligado a proporcionar: RFC, nombre o razón social, código postal y uso del CFDI. No hay fundamento legal para exigir la Constancia de Situación Fiscal ni la Cédula de Identificación Fiscal. Así lo subraya Prodecon en su comunicado.
Información de El Diario de Juárez

